ALTA EN EL PADRÓN DE HABITANTES
Alta en el padrón de habitantes de Tomares
El padrón de habitantes es un registro de carácter administrativo en el que están incluidos los vecinos de un municipio, en este caso en Tomares.
Dado que toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente, aquellas personas que tengan su residencia en Tomares deberán solicitar la inscripción en su padrón de habitantes, para ello deberá acudir al Servicio de Atención al Ciudadano, sito en la C. / de la Fuente, nº 10, en horario de Lunes a Viernes de 9,00 a 14,00 horas y de 17,00 a 18,30 horas. Teléfono 954.15.92.10 ó 954.15.91.20.
Documentación Necesaria para realizar el trámite presencialmente
Solicitud de Alta en el Padrón Municipal de Tomares mediante la cumplimentación de la hoja padronal, que deberá cumplimentar y firmar todas las personas mayores de edad incluidas en la misma. Este impreso lo podrá obtener en Servicio de Atención al Ciudadano, presencialmente o bien obtenerlo, descargándoselo desde esta Página Web, en el enlace de UTILIDADES - Descarga de Documentación- Inscripción-Modificación Padrón de Habitantes.pdf.
Documentos que acrediten la identidad:
- Para los españoles: DNI de todas las personas mayores de edad.
- En el caso de menores de edad, fotocopia del libro de familia de las hojas donde figuren inscritos.
- En el caso de Ciudadanos de la Unión Europea o que formen parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: Certificado del Registro de Extranjeros así como Tarjeta de Residencia o Pasaporte.
- Resto de Extranjeros: Tarjeta de Residencia o pasaporte en vigor.
En el caso de alta de menores de edad, deberán firmar los dos Padres. En los supuestos de separación o divorcio, se deberá aportar fotocopia de la resolución judicial donde se designa la persona que tiene la guarda o custodia. Lo mismo en caso de tutela, acogimiento, adopción.
Documento que acredite la ocupación de la vivienda:
Fotocopia de la escritura de propiedad, contrato de compra-venta o de arrendamiento (si se prorroga tácitamente o es indefinido, último recibo del alquiler con dirección completa, nombre, apellidos y firma del arrendador), recibo de IBI, contrato o recibo actual expedido por compañía suministradora de luz, agua, teléfono fijo a su nombre, seguro de hogar debiendo figurar la dirección de la finca abastecida. También es válido un escrito del Presidente de la Comunidad acreditando la residencia y último recibo del pago de la misma.
Si en el domicilio están empadronados otras personas, deberá firmar en el casillero de autorización de la hoja padronal, una de las personas mayores de edad empadronado en el mismo, aportando asimismo fotocopia de su documento de identificación. DNI, Pasaporte o Tarjeta de residencia.
De conformidad con los dispuesto en el artº. 16.1, 2º párrafo, de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de los Extranjeros no comunitarios sin permiso de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años. El transcurso del plazo señalado será causa para acordar la caducidad de la inscripción, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación.
SERVICIO DE ATENCIÓN A CIUDADANO
CALLE DE LA FUENTE, Nº 10 (41940) TOMARES - SEVILLA -
SERVICIO DE ESTADISTICA














