INFORMACIÓN PARA DENUNCIAS TELEMÁTICAS
Presentación de denuncias penales
- ¿Cómo puede presentar una denuncia?.
- Presentación de una denuncia de forma telemática.
- Ratificación de la denuncia.
- Hechos no denunciables de forma telemática.
- Cuestiones a tener en cuenta a la hora de realizar la denuncia .
- Consideraciones legales.
1.- ¿Cómo puedo presentar una denuncia penal?
Si ha sido víctima de un hecho delictivo puede presentar una denuncia penal sobre los hechos de alguna de las siguientes formas.
- De forma telemática:
- Deberá acceder al siguiente formulario https://www.tomares.es/formulario-de-denuncias-policia-local o enviarla al siguiente e-mail policialocal@tomares.es, seguir las instrucciones y aportar los datos necesarios para su tramitación.
Posteriormente una vez citado por la policía local, deberá dirigirse a las dependencias de Jefatura de Policía Local de Tomares (Sevilla), donde tras su previa identificación (DNI, NIE, pasaporte) ratificará la denuncia presentada de forma electrónica ante un agente, firmándola ambos a continuación.
- Telefónicamente:
- De forma excepcional y previa valoración inicial del agente, podrá comunicar los hechos penales mediante llamada telefónica. En tal caso, será citado por un agente para personarse en Jefatura donde, tras identificarle con un documento que acredite su identidad (DNI, NIE, pasaporte), le mostrará la manifestación de los hechos denunciados por escrito, firmándola ambos a continuación.
- Por escrito:
- Previa cita, deberá dirigirse a la Jefatura de Policía Local con un documento que acredite su identidad (DNI, NIE, pasaporte) y presentar un escrito en el que conste la identidad del denunciante y los hechos denunciados, el cual deberá estar firmado por el denunciante.
2.- Presentación de una denuncia de forma telemática, tipos y requisitos:
Exclusivamente pueden denunciarse a través de https://www.tomares.es/formulario-de-denuncias-policia-local los siguientes hechos:
- Pérdida o extravío de documentación o efectos personales.
- Daños en vehículos o viviendas.
- Sustracción en el interior de vehículos.
- Hurtos (sustracciones sin mediar violencia o intimidación).
Datos que obligatoriamente debe adjuntar a la denuncia:
- Los datos que figuran en el documento nacional de identidad del denunciante.
- Teléfono de contacto.
- Hechos denunciados, hora, fecha y lugar donde ocurrieron los hechos, valoración de los daños y, en su caso, seguro que cubra los daños o la sustracción de objetos.
Con el escrito de la denuncia puede presentar los medios de prueba que considere oportunos para acreditar los hechos denunciados (fotografías o documentos).
En caso de que el denunciante sea menor de edad, deberá aportar los datos del tutor legal y ser acompañado por éste para la ratificación y firma de la denuncia.
Para el resto de hechos delictivos, pónganse en contacto con el Puesto de la Guardia Civil de San Juan de Aznalfarache, (Sevilla) a través del teléfono 954170749 o 062.
Si le surgen dudas sobre la utilización del e-mail o si no tiene claro si puede o no presentar denuncia por este medio póngase en contacto a través del teléfono 954153314.
3.- Ratificación de la denuncia presentada
Una vez enviado el e-mail con los datos obligatorios del formulario será citado en dependencias policiales para ratificar los hechos denunciados y firmar las diligencias correspondientes.
En caso de no poder personarse en las dependencias policiales por motivos de causa mayor (viaje, enfermedad, etc.), deberá ponerse en contacto con la Jefatura de Policía Local a la mayor brevedad posible.
En el acto de ratificación de la denuncia presentada es necesario que el denunciante acredite su identidad a través del DNI, NIE o pasaporte.
4.- Hechos no denunciables de forma electrónica
- Robo de vehículos.
- Si el delito se está cometiendo en ese momento, o se acaba de cometer (en este caso llamé al 092, 954153314 o al 112).
- Si se ha producido con violencia o intimidación.
- Si se trata de hechos relacionados con la violencia de género.
- Si se ha producido en inmuebles con escalo de muros, fractura de ventanas, puertas, paredes, etc.
- Si el autor es o puede ser reconocido o identificado.
- Si existen testigos identificables.
5.- Cuestiones a tener en cuenta a la hora de realizar la denuncia electrónica
- Hurtos o extravíos de documentación
En los hurtos o extravíos de documentación deberá aportar cualquier tipo de documentación que acredite su identidad (pasaporte, libro de familia, otro tipo de documentos identificativos “carnet de museos, bibliotecas, instalaciones deportivas”… o, en su defecto fotocopias de los mismos).
- Sustracciones en el interior de vehículos
Si se trata de sustracción en el interior de un vehículo debe presentar el mismo cuando se persone en las dependencias policiales (antes de llevarlo al taller, manipularlo, etc.,). Así mismo debe llevar cuantos documentos puedan acreditar la propiedad o la posesión del mismo, de los efectos sustraídos y la póliza de seguro, para el caso de que cubra dichas contingencias.
- Hurtos
Si la denuncia que desea interponer es por hurto en domicilio, establecimiento comercial, interior de vehículo, etc; debe acudir lo antes posible a las dependencias policiales e intente no manipular el lugar del hecho. Es importante que aporte cuantos documentos obren en su poder y que acrediten su propiedad o posesión, así como la descripción de los objetos sustraídos (facturas, números de serie, fotografías, póliza de seguro, etc.).
En las denuncias por hurtos de teléfonos móviles deberá aportar en número IMEI.
6.- Consideraciones legales
El denunciante que presente la denuncia por escrito deberá saber que está obligado a decir la verdad (art. 433 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, LECrim) y que puede incurrir en responsabilidad penal en el caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal o realizarlo con temerario desprecio a la verdad (art. 456 del Código Penal).
De igual forma puede incurrir en responsabilidad penal en el caso de simular ser responsable o víctima de una infracción penal (art. 457 del Código Penal), o faltar a la verdad en su testimonio (art. 458 del Código Penal).