El espacio de ocio que el Ayuntamiento de Tomares pone a disposición de los ciudadanos en Tomares permite disponer de una zona de esparcimiento y picnic donde, además de poder utilizar las barbacoas habilitadas poder disfrutar de su tiempo libre durante los fines de semana o días festivos.
Para poder acceder y utlizar las instalaciones, solo hay que seguir un sencillo proceso de reserva.
Una vez rellenado, el Ayuntamiento de Tomares se pondrá en contacto con usted para formalizar dicha solicitud y asignarle fecha y barbacoa asignada.
NORMAS DE USO ZONA DE BARBACOAS
- El uso de la barbacoa autorizada es totalmente gratuito.
- Solicitar autorización con antelación suficiente (tal y como recoge el Art .88 de la Ordenanza Municipal de Protección de la Calidad Medioambiental).
- Seguir todas las indicaciones de uso recogidas en indicadores: anuncios, rótulos y señales, así como de las prohibiciones establecidas y los horarios fijados.
- Usar las papeleras.
- Depositar la basura en los contenedores ubicados a la salida del parque (Calles Rosa de Luxemburgo y Camino de Villamanrique).
- Cumplir en todo momento las indicaciones enumeradas en la autorización de uso.
- Queda prohibido conforme al art. 91 de la Ordenanza:
- Depositar basura dentro del parque, aun de forma transitoria, verter cualquier tipo de productos tóxicos o residuos sobre los alcorques de los árboles o praderas.
- Arrojar en zonas ajardinadas basuras, residuos, cascotes, piedras, papeles, grasas o productos cáusticos o fermentables o cualquier otro elemento que pueda dañar las plantaciones.
- Encender fuego, cualquiera que sea el motivo, en lugares que no estén expresamente autorizados y no tengan instalaciones adecuadas para ello.
- Acceder con vehículos a motor.
- Y en general otras actividades que puedan derivar en daños a los jardines, elementos de juego, mobiliario urbano o cualquier espacio público del parque.
PROHIBICION DE ENCENDER FUEGO INCLUSIVE EN BARBACOAS DEL 1 DE JUNIO AL 15 DE OCTUBRE, según la orden de 21 de mayo de 2009, por el que se establece limitaciones de uso y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal.