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LA JUNTA DE ANDALUCÍA SACA AYUDAS PARA EL PAGO DEL ALQUILER PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, PERSONAS DESAHUCIADAS Y COLECTIVOS VULNERABLES

LA JUNTA DE ANDALUCÍA SACA AYUDAS PARA EL PAGO DEL ALQUILER PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, PERSONAS DESAHUCIADAS Y COLECTIVOS VULNERABLES

Las ayudas tendrán de una cuantía máxima de 500 euros mensuales, más gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos hasta 200 euros. Solicitudes (con cita previa) hasta el 30 de noviembre de 2020 en los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Tomares

La Junta de Andalucía ha aprobado una convocatoria de ayudas destinadas a víctimas de Violencia de Género, personas objeto de desahucio, personas sin hogar y colectivos especialmente vulnerables, que no puedan hacer frente con el pago del alquiler de su vivienda habitual, con objeto de evitar que se queden en la calle, ayudándoles a pagar el alquiler de su residencia habitual y permanente.

Las ayudas para el alquiler abarcarán desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre del presente año, en total 12 meses de alquiler completo y consecutivo. Las solicitudes se pondrán presentar hasta el 30 de noviembre de 2020 en los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Tomares (C/ Tomás Ybarra, 2).

Se trata de la Orden de 1 de Septiembre de 2020, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al pago del alquiler de la vivienda habitual  de aquellas personas víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, de conformidad con la Orden  de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de 27 de Julio de 2020 en la que se aprueban bases reguladoras.

Las ayudas tendrán de una cuantía de un máximo de 500 euros mensuales, más gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos hasta 200 euros. Esto es, los beneficiarios recibirán un máximo de 6.000 euros anuales, sin que pueda superarse el gasto subvencionable.

Requisitos

Los solicitantes deberán ser titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, residir en esa vivienda de forma habitual y permanente, y no ser propietario o usufructuario de alguna otra vivienda en España. La suma de sus ingresos brutos referidos a la situación existente en las 3 mensualidades anteriores a la solicitud, no deberá superar 2.50 veces el IPREM: 4.033,80 euros en 2020 para la suma de las tres. Las personas solicitantes de origen extracomunitario deberán tener regularizada su situación de residencia en el territorio nacional.

Entrega de solicitudes hasta el 30 de noviembre, con cita previa

El Ayuntamiento de Tomares  facilita a todos los  toda la información referente a requisitos, cuantías, documentación necesaria, plazos y entrega de solicitudes con cita previa, llamando al teléfono 954159120.

 

 

 

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